El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha anulado el Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León (Decreto 14/2016) con el que el Gobierno regional permitía la caza de hasta 143 de estos cánidos salvajes al año. Dicha decisión se toma tras la apertura de un contencioso administrativo iniciado por la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL).
La principal razón aducida por el juez es la
falta de informes técnicos o científicos independientes que avalen el sistema
de cupos establecido por la Junta para realizar los controles poblacionales del
lobo en todo el territorio.
Los ecologistas de ASCEL aplauden la decisión del Alto
Tribunal y consideran que “el fallo se enmarca en una continua desatención de
la Junta de Castilla y León a la normativa ambiental, despreciando tanto
fondo como formas, y por consiguiente desatendiendo la conservación de la biodiversidad”.
La sentencia traslada textualmente hechos recogidos en
la demanda de ASCEL. Como por ejemplo en su octava argumentación, donde se
destaca la falta de estudios científicos que avalen este plan:
“En el expediente administrativo que obra en los presentes
autos no consta una motivación técnica suficiente y previa que justifique el
contenido del Decreto 14/2016; no constan informes técnicos o científicos
independientes que avalen y aconsejen el establecimiento de las medidas de
control y aprovechamiento cinegético que se disponen en dicho Decreto; tampoco
constan estudios previos, serios y rigurosos de su incidencia en el medio
natural. Asimismo, tampoco consta en qué han consistido los seguimientos de
manadas llevados a cabo a los que alude el Decreto; no existe una previa
comprobación de las poblaciones, ni siquiera se hace referencia a un estudio
previo de su incidencia en la especie. Tampoco consta en el expediente un
diagnóstico de la población o censo de ésta, pese a las múltiples referencias que
a ellos se realizan en la disposición impugnada”.
Nuevo varapalo judicial
Esta argumentación es idéntica a la que el TSJ
defendió en noviembre de 2017 para frenar el decreto que regula la conservación
de las especies cinegéticas de Castilla y León, en esa ocasión a resultas de
una denuncia de Ecologistas en Acción.
Ya entonces, los jueces entendieron que todas las
especies consideradas cinegéticas deben contar con informes científicos que
justifiquen la presión que la caza ejerce sobre sus poblaciones para garantizar
su conservación.
La sentencia respalda la estrategia legal de ASCEL,
inmersa en varias vías judiciales en diversas comunidades e instancias.
ASCEL, afirma en un comunicado de prensa, continuará
impulsando gracias a este respaldo judicial “la protección real, no
condicionada y general del lobo ibérico”.
También considera imprescindible que en la Junta de
Castilla y León se asuman responsabilidades políticas y técnicas, “habida
cuenta de la incompetencia de los funcionarios que han desarrollado el presente
Plan y del menosprecio hacia la legalidad de los políticos que dirigen la
actual Consejería de Fomento y Medio Ambiente”.
El plan sigue vigente
Por su parte, el consejero de Fomento y Medio
Ambiente, Juan Carlos Suárez-Quiñones, ha anunciado que su departamento
subsanará los defectos formales, que “no de fondo”, que han llevado al TSJCyL a
anular el plan de lobo, sin perjuicio de que recurran el fallo para ganar
tiempo y poder adaptar el documento.
En declaraciones recogidas por la Agencia EFE, Suárez-Quiñones
ha insistido en que el plan sigue estando vigente, ya que la sentencia no es
firme y piensan recurrirla. También ha incidido en que el fallo del Alto
Tribunal no entra en el fondo del asunto, ni en cupos de caza ni en otras
cuestiones.
César-Javier
Palacios 07 de febrero de 2018
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